COLABORACIÓN
REFLEXIONES
SOBRE EL INDULTO DEL TORO DE LIDIA
José Luis Prieto Garrido- Veterinario fotos: Ladis
El actual Reglamento Taurino de Andalucía,
Decreto 68/2006 de 21 de marzo, por el que se aprueba dicho Reglamento, redacta
en su artículo 54.14: “El comportamiento de la res y la calidad en la
ejecución de la suerte de varas serán determinantes para la concesión de
premios a la res y, en su caso, para la concesión del indulto”
artículo
60.1: “En las plazas de toros permanentes, exclusivamente en corridas de
toros o novilladas con picadores y al objeto de preservar la raza y casta de
las reses, cuando una res por sus características zootécnicas y excelente
comportamiento en todas las fases de la lidia sin excepción y, especialmente,
en la suerte de varas, sea merecedora del indulto, podrá concederlo la
Presidencia del espectáculo …”
Es evidente que para que un toro merezca el
indulto es primordial el tercio de varas.
Si, que sirve para ahormar al toro para
propiciar su lidia y muerte posterior, administrándole puyazos, sobre todo bien
colocados y dosificados, buscando la única finalidad de disminuirle poder y
corregir defectos de su embestida, sí.
Y, por supuesto, y en tercer lugar, ofrecer
al público un espectáculo tan único e incomparable como es el toro bravo en una
suerte de varas bien ejecutada, con arrancada alegre al caballo, recargando en
la suerte, retorciendo la cola, y repitiendo las veces que se ponga en suerte,
con genio, bravura y prestancia. Para ello, habrá que ponerlo en suerte cada
vez más lejos del caballo, hasta poder llegar al máximo de belleza y muestra de
bravura cuando, desde el centro del ruedo se arranque galopando después de dos
o tres varas. Es algo tan sublime y hermoso, tan maravilloso, que quien tiene
la oportunidad de verlo, aunque solo sea una vez en su vida, nunca lo olvidará.
Pregunto, ¿usted querido lector, ha tenido
la oportunidad de disfrutar de lo indicado con anterioridad? Pocas veces, ¿verdad? Pero sin embargo sí ha sido testigo de muchos
indultos.
La bravura del toro de lidia puede
considerarse como un fenómeno multidimensional, como un coctel con diez
aspectos de comportamiento a considerar desde mi punto de vista: Movilidad,
acometividad, fijeza, embestida al caballo, embestida a los engaños, fiereza,
nobleza, fuerza, transmisión y crecerse al castigo.
Pero ojo. No se puede confundir lo que es la
bravura con lo que es la nobleza.
Hay una serie de aspectos que me gustaría
aclarar al lector para reforzar mi opinión sobre lo que es la bravura del toro,
y, para ello, me voy a guiar por los diez términos que consideraba con
anterioridad.
Movilidad es la actividad constante,
galopando, con recorrido, ritmo, agilidad y rapidez.
Embestida a los engaños con clase,
metiendo la cabeza y los riñones, con estilo, ritmo y rematando la suerte.
La bravura se hace ostensible en el espectador mediante la embestida, cuya rectitud y fijeza ha de ser el denominador común de su comportamiento.
Ya de salida por chiqueros, el toro bravo se arranca pronto, con viveza y prestancia, por derecho ante el cite de los toreros, desde cualquier terreno, rematando en tablas, galopando, no andando ni trotando, siempre para adelante, sin intentar en ningún momento saltar la barrera; entrar al engaño sin levantar las manos ni puntear, ni derrotar en el capote, ni cortar la salida al terminar el pase.
Se arranca de largo al caballo, bajando y remetiendo la cabeza contra el peto, recibiendo el castigo metiendo los riñones y sin cabecear;
no corta la salida ni berrea después de colocarle un par de banderillas ni muestra el más insignificante signo de dolor, embistiendo templado a la muleta sin salir suelto tras el remate del pase.
No acorta el recorrido, ni abre la boca, ni escarba durante el transcurso
de la faena de muleta. Debe aceptar la lucha y entregarse a ella sin vacilar,
sin hacer extraños. Embestir si sus fuerzas lo permiten, aún con la espada
atravesando su morrillo, contra toda provocación, y solo declinando con la
muerte.
¡Eso es un toro bravo! ¡Eso es un verdadero toro de indulto
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